Nulidad de Despido - Ley Bustos - Ley 19.631
En Chile, la nulidad del despido se regula para proteger a los trabajadores. La Ley 19.631, conocida como “Ley Bustos”, es clave en este contexto. Establece que los despidos deben cumplir con ciertos requisitos para ser válidos. Entre estos, destacan la comunicación escrita del despido y la fundamentación de las causas. Además, el empleador debe acreditar el pago de las cotizaciones previsionales.
1. Concepto de Nulidad del Despido
La nulidad del despido implica que el término de la relación laboral no produce efectos si el empleador, al momento de despedir al trabajador, no ha cumplido con el pago de las cotizaciones previsionales (salud, pensión y seguro de cesantía, entre otras) que corresponden a todo el tiempo de prestación de servicios o, al menos, hasta el último mes de remuneraciones pagadas antes del despido.
En otras palabras, cuando el empleador no está al día con las obligaciones de seguridad social, el despido puede ser declarado judicialmente “nulo”, lo que conlleva importantes consecuencias económicas y jurídicas para el empleador.
2. Fundamento Legal
La principal norma que regula la nulidad del despido se encuentra en el Art. 162 del Código del Trabajo, especialmente en su inciso quinto y siguientes, que establecen:
- La obligación del empleador de encontrarse al día en el pago de cotizaciones previsionales.
- Que si el empleador no acredita el pago de las cotizaciones hasta el mes anterior al despido, el término de la relación laboral no producirá efecto alguno.
- Se mantiene vigente la obligación de pagar remuneraciones y demás prestaciones laborales hasta que se acredite el íntegro pago de las cotizaciones adeudadas.
Además de las disposiciones legales, existen numerosos pronunciamientos de la Corte Suprema que han interpretado y definido el alcance de esta figura para proteger los derechos del trabajador.
3. Requisitos para Invocar la Nulidad del Despido
Para que un trabajador pueda alegar la nulidad del despido, deben cumplirse los siguientes requisitos esenciales:
- Existencia de una relación laboral válida y vigente hasta el momento del despido.
- Desvinculación laboral por parte del empleador (despido).
- Falta de pago o declaración y/o retención de las cotizaciones previsionales en las instituciones correspondientes (AFP, Isapre, Fonasa, mutualidad, AFC, entre otras).
- Ausencia de acreditación del empleador del pago de las cotizaciones hasta el último período declarado (mes anterior al despido).
Es importante destacar que la simple declaración de las cotizaciones no es suficiente; se requiere el pago efectivo. Si las cotizaciones se encuentran declaradas pero impagas, el despido puede igualmente ser calificado como nulo.
4. Efectos de la Nulidad del Despido
Cuando se declara la nulidad del despido en sede judicial, los efectos principales son:
- Continuidad de la relación laboral para efectos indemnizatorios y remuneracionales:
- El empleador debe pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones que habrían correspondido desde la fecha del despido hasta que se acredite el pago íntegro de las cotizaciones previsionales adeudadas.
- Esto incluye no solo el sueldo base, sino también cualquier tipo de asignación, gratificación y beneficios que integren la remuneración.
- No se altera la fecha efectiva del despido para efectos previsionales y de antigüedad**:
- La ley señala que, una vez subsanada la falta (pagadas las cotizaciones adeudadas), el término de la relación laboral producirá sus efectos, pero en la práctica judicial se considera que el “fin real” se oficializa una vez que se pagaron dichas cotizaciones.
- Multas y sanciones para el empleador:
- La Dirección del Trabajo y los tribunales pueden imponer sanciones adicionales al empleador por incumplimientos en materia previsional.
- Reconocimiento de todos los derechos laborales que hubieran quedado pendientes:
- El período comprendido entre la fecha de despido y la fecha de pago efectivo de las cotizaciones se considera como tiempo trabajado para efectos de eventuales indemnizaciones futuras.
5. Procedimiento para Reclamar la Nulidad del Despido
- Reclamo ante la Inspección del Trabajo (opcional):
- El trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo para presentar un reclamo administrativo por el no pago de cotizaciones y el despido injustificado.
- Este paso no es obligatorio, pero muchas veces sirve para intentar una conciliación o mediación temprana.
- Demanda ante los Tribunales Laborales:
- Si no existe acuerdo o el trabajador desea acudir directamente, debe interponer una demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo competente.
- En la demanda se debe alegar tanto el despido como la circunstancia de que el empleador no pagó las cotizaciones al día, solicitando que se declare la nulidad del despido.
- Audiencia Preparatoria y Juicio:
- En el procedimiento laboral chileno, se realiza primero una audiencia preparatoria para identificar puntos de prueba, posibles conciliaciones y otras gestiones.
- De no haber avenimiento, se realiza la audiencia de juicio, donde se examina la prueba presentada por ambas partes.
- Sentencia y Ejecución:
- El tribunal, si acoge la demanda, declara nulo el despido y condena al empleador a pagar todas las remuneraciones adeudadas desde la fecha del despido hasta la fecha en que se acredite el pago de las cotizaciones impagas.
- Si la sentencia no es cumplida voluntariamente, el trabajador puede solicitar la ejecución forzada ante el mismo tribunal.
6. Plazos Importantes
- Plazo para presentar la demanda: El plazo general para reclamar despidos indebidos o nulos es de 60 días hábiles contados desde la separación del trabajador. Sin embargo, este plazo se puede ampliar a 90 días hábiles si el trabajador presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo (el plazo se suspende hasta por 30 días).
- Pago de las cotizaciones: El empleador puede pagar las cotizaciones incluso después de notificado el despido, pero si lo hace con posterioridad, de todas formas, deberá enfrentar las consecuencias económicas de la nulidad del despido (remuneraciones devengadas).
7. Consejos Prácticos para Trabajadores y Empleadores
Para trabajadores:
- Verificar periódicamente el pago de cotizaciones: Es recomendable revisar de forma periódica en la AFP, Isapre/Fonasa y AFC que las cotizaciones estén pagadas efectivamente.
- Conservar comprobantes de remuneraciones: Tener respaldos de liquidaciones de sueldo, contratos, anexos y cualquier documento que acredite los pagos y la relación laboral.
- Consultar asesoría legal: Frente a un despido, especialmente si hay dudas sobre el pago de cotizaciones, es aconsejable acudir a un abogado o a la Inspección del Trabajo para recibir orientación.
Para empleadores:
- Mantenerse al día en el pago de las cotizaciones: Esta es la mejor forma de evitar la nulidad del despido y sus consecuencias económicas.
- Acreditar oportunamente el pago: En caso de despido, el empleador debe probar que las cotizaciones se encuentran totalmente pagadas hasta el último período antes de la terminación.
- Realizar finiquitos formales: Utilizar la guía y fiscalización de la Inspección del Trabajo para otorgar seguridad jurídica tanto al empleador como al trabajador.
8. Consecuencias de la Nulidad del Despido en Chile
La nulidad del despido en Chile es un mecanismo que refuerza la protección de los derechos de los trabajadores, en particular el de la seguridad social. El principal efecto es que, mientras no se encuentre totalmente pagada la deuda previsional, el empleador sigue obligado a pagar las remuneraciones y prestaciones económicas al trabajador como si la relación laboral no hubiese terminado.
Es fundamental, tanto para empleadores como para trabajadores, entender las implicancias y requisitos de la nulidad del despido. Para el empleador, el cumplimiento oportuno de las cotizaciones previsionales es esencial para evitar responsabilidades adicionales; para el trabajador, conocer sus derechos le permitirá ejercer las acciones judiciales correspondientes si sus cotizaciones no fueron pagadas y su despido resulta ilegal.
¿No te han pagado las cotizaciones?
Somos especialistas en Derecho laboral, cuéntanos tu problema, nuestros abogados te ayudarán, primera consulta gratis.