ASESORÍA EN
DERECHO DE FAMILIA
¿Sabías que el Divorcio de Común Acuerdo se tramita sin necesidad de audiencia? 100% Online.
Confidencialidad
Entendemos la importancia de mantener tus asuntos de familia en estricta confidencialidad. Contacta con nosotros para una consulta segura y privada.
Experiencia
Con más de 5 años de experiencia en derecho de familia, nuestro equipo tiene el conocimiento y la habilidad para representarte eficazmente.
FACILIDADES DE PAGO
Creemos en la justicia accesible. Por eso tenemos precios para todas las situaciones.
CONOCE LOS PASOS A SEGUIR
ETAPAS DEL PROCESO
Paso 1: DESCRIBENOS TU CASO Y TE ORIENTAREMOS
Por nuestros canales de contacto te responderemos a la brevedad, recopilaremos los antecedentes y te enviaremos una propuesta comercial.
PASO 2: UN ABOGADO TE ASISTIRÁ EN CADA ETAPA
Se te asignará un abogado que te guiara y mantendrá informado en todo el proceso.
PASO 3: te informaremos de de tu causa
Te enviaremos un resumen de las gestiones realizadas y del avance de tu caso.
Nuestros Servicios
DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO Y UNILATERAL
Termino legal de un matrimonio, a solicitud de una o ambas partes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por ley.
CUIDADO PERSONAL TUICIÓN
RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR
El régimen de relación directa y regular (visitas) tiene como objetivo mantener el vínculo familiar de forma constante, a través de un contacto periódico y estable entre el padre, madre o familiar que no ejerce el cuidado personal directo del niño, niña o adolescente.
La vida separada de los padres no debería impedir ni debilitar los vínculos entre padres e hijos, y los vínculos de los hijos con su familia extendida.
RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD
Trámite legal que permite a una persona reclamar la filiación paterna o materna de un hijo o hija, en casos donde no ha sido reconocido voluntariamente por el padre al momento del nacimiento. Este proceso puede iniciarse por parte de la madre, el hijo o hija (si es mayor de edad), o por el propio padre que desea reconocer.
DERECHO DE ALIMENTOS
Es la obligación de dar alimentos que se materializa con la pensión de alimentos, convenida o aprobada judicialmente. Son beneficiarios, los hijos/as hasta que cumplan 21 años, salvo que estén estudiando una profesión u oficio, caso en el cual cesarán a los 28 años o que les afecte una incapacidad física o mental que le impida desarrollarse. Consultános para saber el porcentaje que corresponde de los ingresos del progenitor
MEDIDAS DE PROTECCIÓN
Las medidas de protección son aquellas decretadas por el juez del Tribunal de Familia, que tienen por objeto proteger la vulneración de de los derechos de los niños, niñas, y adolescentes. Por ejemplo: Orden de alejamiento, Custodia provisional, Pensión de alimentos provisional, entre otras.