El Matrimonio

Es un contrato mediante el cual dos personas se unen actúal e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente. La anterior es la definición legal del matrimonio presente en nuestro código Civil; sin embargo mas allá de del contenido espiritual y social que se le pueda dotar a dicha institución, el matrimonio es, desde un contrato el cual pese a unir a dos personas por toda la vida, se puede divorciar a los cónyuges y separarlos por el resto de sus vidas.

El matrimonio puede terminar por la muerte de uno de los cónyuges, por la muerte presunta de alguna de las partes del contrato, por sentencia de nulidad, por divorcio o por declaración de ausencia por desaparición forzada de personas. Lo mas común fácil y rápido hoy en día es el DIVORCIO.

    • Pone fin al matrimonio junto con los derechos y obligaciones entre el marido y la mujer.
    • Pone fin a los alimentos que se deben entre cónyuges.
    • Se terminan los derechos hereditarios entre los cónyuges.
    • No se alteran los derechos y obligaciones con los hijos.
    • En caso de estar casados bajo sociedad conyugal, termina está debiendo liquidarse la sociedad.

Requisitos legales del Divorcio de Común Acuerdo

1. Se requiere 1 año mínimo de cese de la convivencia entre las partes casadas.

En caso que el matrimonio se haya celebrado antes de Noviembre de 2004, para probar el cese de la convivencia se puede utilizar cualquier medio de prueba establecido en la Ley, siendo el mas común los testigos, como por ejemplo concurre a dar testimonio que las partes no viven juntas el hijo mayor de edad, los parientes cercanos, los amigos de la familia, etc.

– Matrimonios celebrados con posterioridad al Noviembre de 2004, el cese de la convivencia solo se podrá probar por:

– Escritura pública en que conste el acuerdo completo y suficiente, o una acta extendida y protocolizada en notaría, registro civil o transacción aprobada en tribunales.

– Notificación judicial de una demanda mediante la cual una de las partes solicita regular las relaciones mutuas entre los cónyuges y con los hijos.

– Certificado de cese de la convivencia del registro civil, se puede obtener por internet con clave única.

2. Deberán acordar un “acuerdo completo y suficiente”.

3. Se requiere de la voluntad de ambas partes para iniciar el procedimiento.

Indemnización en el Divorcio

La Ley establece una compensación económica, cosa que es distinta de una indemnización de perjuicios en caso que procediere en divorcios por culpa. En los otros casos la compensación económica procede siempre que se pueda probar que una de las partes del matrimonio, no pudo trabajar o lo hizo en menor medida de lo que pudo debido a que se dedicó al cuidado del hogar común, es esa la razón y causal mediante la cual procede y se puede demandar la compensación económica o mal llamada indemnización.

Divorcio de Común Acuerdo Online

Actualmente la Ley entrega la opción de hacer el divorcio sin audiencia y resolver de plano. Esto ha reducido enormemente los tiempos de tramitación, pudiendo inclusive ser demorar menos de 1 mes la sentencia.

Es importante para unta tramitación expedita que los solicitantes y testigos cuenten con clave única para la celeridad del proceso.

Lo anterior permite que las personas se puedan divorciar estando en distintas regiones del país y incluso en el extranjero.

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